
Considerando que todo ser humano tiene derecho a los niveles más altos de protección contra los desastres naturales y las amenazas de tipo humano, algo que sustentaría por ejemplo el derecho civil a la vida y seguridad de la persona, ninguna persona debe ignorar que los supuestos perros de rescate, progresivamente mas numerosos, siempre que intervengan en un siniestro, dependiendo de tres factores fundamentalmente, harán posible el salvamento del ciudadano afectado, o por el contrario en muchos casos, debido a una mantenida y demostrable negligencia profesional, podrían favorecer su fallecimiento.
Estos factores, que son absolutamente encuadrables en una patente y grave negligencia, ausencia de ética e irresponsabilidad profesional, son tres exactamente : nivel de efectividad de la metodología aplicada para formación-intervención, grado de capacidad del supuesto instructor en la aplicación del método ( aunque el sistema fuera altamente efectivo ), tanto en la formación inicial como en la contínua de los perros y finalmente la cota de exigencia y valor técnico-operativo real de la acreditación que necesariamente avale la aptitud del perro para intervenir con plenas garantías en cualquier tipo de siniestro urbano y situación que pudiera suceder .
Cuando los derrumbamientos son inspeccionados por perros de rescate indebidamente utilizados como aptos para la intervención, seguirá sucediendo que en aquellos casos donde existan personas, aún con vida sepultadas, no serán señalizadas por dichos ejemplares, cuyo insuficiente nivel de concentración, motivación u otro tipo de deficiencias, consecuencia de una patente incapacidad, irresponsabilidad y negligencia profesional, impedirán que capte y señalice los inherentes focos de flujo odorífero. Seguidamente el edificio siniestrado en cuestión, será desestimado y consecuentemente la persona/s atrapada, no visible ni audible, pasará a engrosar en la mayoría de los casos ( comprobados o no ) el número de víctimas mortales, ya sea por diversas causas clínicas o finalmente lesionada por la indiscriminada y violenta remoción de escombros con la maquinaria pesada.
Informar a este respecto, que el Método Arcón, sistema de formación e intervención para equipos caninos de búsqueda, oficial por numerosos gobiernos nacionales o locales, avala exclusivamente a efectos operativos y oficiales, exclusivamente aquellos perros de rescate que han sido formados, certificados y además homologados, reglamentariamente, ateniéndose a la normativa oficial e internacional vigente Método Arcón, y mediante el aval añadido de una institución pública, según lugar en que se efectuasen las pruebas pertinentes .
Consecuentemente se informa a todos los efectos, en lo que respecta a cualquier tipo de intervención en siniestro, que sea realizada por perros de rescate, que aunque hayan sido oficialmente formados y certificados, mediante Método Arcón, mientras no hayan superado también las exigentes, rigurosas y respectivas pruebas de homologación, queda declinada completamente toda responsabilidad a efectos judiciales ( civil y/o penal ) a quien pudiera corresponder según los casos, relativa a todo tipo de intervenciones, donde habiéndose efectuado la búsqueda con perros de posibles supervivientes sepultados e informado la inexistencia de vida, fuese seguidamente probada, de cualquier forma vinculante ( análisis forense, desescombro en la zona ) como viene sucediendo ( a nivel nacional e internacional ), la existencia de persona/s sepultadas con vida, en el área ya batida y negligentemente desestimada.
Pudiendo derivar la referida negligencia profesional, en la consecuente demanda judicial por una o más personas, informando a modo de ejemplo que en el caso de España, y en el supuesto de posible fallecimiento del superviviente sepultado, por la descrita negligencia, el respectivo Código Penal castiga este tipo de delitos al resultar encuadrables como homicidio imprudente, en su artículo 142.
Las Instituciones cuyo inflexible protocolo ético, profesional y operativo es el de analizar con máxima rigurosidad todos los sistemas de formación, intervención y acreditación operativa existentes, y seguidamente adoptar el que resulte demostradamente más eficaz y garantizado para el salvamento de vidas, están adoptando progresivamente el sistema de formación e intervención ARCÓN , en base a su superior eficacia comprobada y al sólido programa preventivo y operativo que constituye.
Y además, responsables y especialistas oficiales de cuerpos de policías, bomberos, ejércitos y protección civil, así como las autoridades gubernamentales competentes, siguen llevando a efecto, como importante medida preventiva y operativa, oficializar el método Arcón, al comprobar técnico-operativamente y de forma reiterada, que se trata de una metodología de carácter científico, extremadamente rigurosa y completamente elaborada cuyo alto nivel de efectividad potencia la seguridad pública, al constituir una sólida y garantizada respuesta operativa en todas aquellas operaciones de intervención frente a cualquier tipo de siniestro que implique el sepultamiento de personas, tanto en lo que respecta a operaciones de búsqueda exterior como en espacios confinados con nula visibilidad .
Jaime Parejo García Autor legal, científico y Director del Método Arcón http://www.rescatecanino.com http://www.rescatecanino.org

