Los árboles pueden causar daños y también sufrirlos. Cuando un árbol sufre un accidente provocado por causas externas, la Norma Granada es el sistema de valoración oficial para valorar los daños. En el caso de vehículos el seguro del conductor tiene que responder por los daños causados.
En lo relativo a la responsabilidad por los daños causados por caída de árboles, el Art. 1908 ,Código Civil señala que los propietarios responderán de los daños causados por la caída de árboles colocados en sitios de tránsito, cuando no sea ocasionada por fuerza mayor. Por su parte, en el Art. 390 ,Código Civil se establece, además, que cuando algún árbol corpulento amenazare caerse de modo que pueda causar perjuicios a una finca ajena o a los transeúntes por una vía pública o particular, el dueño del árbol está obligado a arrancarlo y retirarlo.