La documentación puede consultarse, dada la situación de excepcionalidad que vivimos, por vía telemática a través de la web municipal.
El calendario tributario fijado para 2020 establece que el periodo de pago voluntario será del 1 de junio al 30 de octubre y el lugar de pago establecido el Servicio Provincial de Recaudación, en calle Miguel de Cervantes, 36.
Transcurrido el plazo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria. Se satisfará el recargo de apremio del 10 por ciento hasta que haya sido notificada la providencia de apremio. Después de esta fecha, se exigirá el recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada y los intereses de demora.