El Ayuntamiento de Lora del Río ha informado que con la circulación de ‘mini- motos’ o ‘mini- bikes’ por las calles de la localidad, la Dirección General de Tráfico ha realizado sendos informes sobre esta cuestión, llegando a las siguientes conclusiones:

  • Estos vehículos deberán estar dotados de la correspondiente autorización administrativa para su circulación.

  • Como parece evidente que de la utilización de los vehículos mencionados, puede derivarse un riesgo grave para la circulación y especialmente para su conductor/a; deberá adoptarse la medida cautelar de inmovilización, y proceder, si el/la obligado/a a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito.

  • Los citados vehículos tienen la condición de vehículos a motor, a los efectos de la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos de motor, y de la obligación de estar asegurados.

Por todo ello, el incumplimiento de las normas de circulación establecidas, conllevará la correspondiente sanción administrativa que legalmente corresponda.